Cuando alguien fallece no siempre deja un testamento con sus últimas voluntades y sus deseos sobre el destino de su legado. También es posible que sí haya dejado un testamento, pero sus herederos no sepan su contenido, o dónde está, o ante qué notario se oficializó legalmente el trámite.
Solicite el certificado de últimas voluntades en Albacete
Es algo muy común y totalmente natural. No solo porque muchas veces el testamento se hace en privado y discretamente, sino también porque el tiempo pasa y lo olvidamos. Al fin y al cabo, desde la redacción del testamento hasta el fallecimiento pueden haber pasado años, incluso décadas. En ese tiempo, los familiares directos pueden haber olvidado los detalles o podrían desconocerlos por completo. Imagine la situación de alguien ante la muerte de un familiar lejano del que, por azares del destino, le toca encargarse.
¿Cómo se solucionan estas situaciones? Se realiza por medio de los certificados de últimas voluntades. No se preocupe, es algo muy sencillo y nuestra funeraria en Albacete puede ayudarle con la tramitación.
¿Qué es el certificado de últimas voluntades?
Este documento es el que acredita que el fallecido ha otorgado un testamento (o más de uno), cuándo lo hizo y ante qué notario. El certificado informa a los herederos para que estos puedan acudir al notario que regularizó el último testamento. Permite conocer su situación, pero también podemos descubrir que la persona fallecida no dejó ningún testamento legal, y saber eso es necesario para poder llevar adelante una declaración de herederos ante la Administración.
Sabiendo quién es el notario que se hizo cargo del testamento, los herederos podrán solicitarle una copia legal para poder realizar el acto de herencia o sucesión.
En definitiva, el certificado de últimas voluntades es necesario para aclarar la situación del legado del fallecido, tanto si existe testamento como si no.
¿Cómo se solicita el certificado de últimas voluntades?
El plazo de la solicitud empieza 15 días hábiles después de la fecha de fallecimiento y puede hacerse por correo postal, presencialmente o incluso por internet. La solicitud de este documento se hace con el pago de unas tasas y la presentación de la documentación exigida. Esta solicitud se realizará en el Registro General de Actos de Última Voluntad, adscrito al Ministerio de Justicia.
Cuando una persona redacta un testamento ante notario, es obligatorio que se remita a este organismo. Es el encargado de registrar y administrar los testamentos y expedir los certificados de actos de última voluntad. Por lo tanto, es la «base de datos» que nos interesa en caso de fallecimiento.
La solicitud se presenta en el Registro mediante el impreso 790 debidamente cumplimentado. Debe acompañarse de la documentación exigida, el certificado o partida literal de defunción que haya expedido el Registro Civil (en formato original o una fotocopia compulsada). Nosotros mismos podemos facilitar esa documentación.
Deje los certificados de últimas voluntades en buenas manos
En Funeraria La Nueva de Albacete y Funeraria Virgen de los Remedios en La Roda sabemos que los días de duelo son duros para los familiares, y nos consta que en un momento tan delicado es difícil y desagradable meterse en trámites administrativos. Son momentos en los que solo queremos estar con nuestros seres queridos. Por eso, ofrecemos el servicio funerario de tramitación del certificado de última voluntad, para que usted no tenga que preocuparse del molesto papeleo si le toca por cercanía o responsabilidad.
Deje que nos hagamos cargo. En nuestro servicio funerario hacemos estos trámites a diario y conocemos bien todos los detalles de las solicitudes, plazos y pasos. Le quitaremos el peso de esta preocupación, para que usted pueda dedicar estas semanas tan duras a lo que de verdad importa: el recuerdo.