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La gestión y tramitación de los testamentos es uno de los servicios funerarios imprescindibles en cualquier funeraria en Albacete. Y es que, si bien no es obligatorio hacer testamento, sí es muy conveniente dejarlo arreglado ante cualquier adversidad. Al contrario de lo que pueda parecer, hacer el testamento no es sinónimo de defunción, sino de preocupación por el bienestar de los tuyos.
¿En qué consisten los servicios funerarios testamentarios?
El testamento es un documento jurídico en el que una persona expresa cuál es su última voluntad. Esta declaración legal se hace en vida, y en ella se recogen unas instrucciones específicas de cómo se quiere disponer, repartir y distribuir sus bienes cuando se produzca el fallecimiento del testador. El objetivo no es solo la asignación de la herencia, sino que también sirve para evitar conflictos familiares y, además, simplificar y facilitar los trámites burocráticos.
¿Cómo hacer un testamento?
La gestión del testamento es un proceso muy simple: solo necesitas acudir a un notario con tu documento de identidad y explicarle la manera en la que quieres repartir tu patrimonio. No obstante, desde Funeraria La Nueva podemos ayudarte a que recibas la orientación y asesoramiento de un abogado acerca de la modalidad de testamento que es más aconsejable para tu caso en particular.
Tipos de testamentos
Los testamentos pueden ser de carácter especial, entre los que se incluyen el militar, el marítimo y el realizado en el extranjero, o normal, en cuya categoría puedes encontrar el ológrafo, el abierto y el cerrado, y de los que contamos más a continuación.
– El testamento ológrafo. Es un testamento personal, ya que solo tiene validez cuando el testador lo escribe a mano, con su letra habitual pero clara y en un formato nítido, sin correcciones y que sea fácil de leer y comprender. A este tipo de testamentos solo tienen acceso las personas mayores de edad, y debe incluir todas las peticiones particulares. Si bien este es uno de los tipos de testamentos que menos garantías te ofrece, es imprescindible que lo convalides ante el Juez de Primera Instancia de tu domicilio antes de que se cumplan los 5 años desde que lo escribieras.
– El testamento abierto. Es el tipo de testamento más fiable y utilizado a día de hoy. La escritura pública se hace ante el notario, quien es conocedor del contenido, pero no desvela nada del mismo hasta el fallecimiento del testador. Asimismo, es el propio notario quién se encarga de conservar el documento original y se asegura de que la última voluntad de la persona esté dentro de la legalidad.
– El testamento cerrado. En este caso, el documento puede estar escrito de puño y letra o mecanografiado, y se entrega en notaría, pero en sobre cerrado. Por lo que, ni tan siquiera el notario, tendrá conocimiento del contenido del documento. Sin embargo, sí que deberá levantar una acta para confirmar que el testamento ha sido entregado y, después de firmar la certificación, archivado hasta que sea el momento oportuno de abrirlo.
¿Cuándo y dónde hacer el testamento?
Por regla general, cualquier persona mayor de 14 años que no esté incapacitada por sentencia judicial puede llevar a cabo esta tramitación. Para ello, debes presentarte o esperar a que te llamen para acudir a la notaría con tu DNI. Debido a que el testamento abierto es el más frecuente en nuestra país, el notario se encarga de escribir tu voluntad a medida que la expresas. No es obligatoria la presencia de testigos para este acto, pero el documento sí que debe reflejar claramente el día, la hora y el lugar en el que se ha realizado.
En conclusión, los servicios funerarios de las funerarias de Albacete pueden ayudarte y resolver todas las dudas que tengas acerca del testamento para facilitar y agilizar los trámites pertinentes.